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Víctor:

No hablamos del matrimonio civil, sino del eclesiástico. El civil, aunque pueda generar efectos sociales y jurídicos; jamás podrá trastocar factores de tipo moral o canónico. Así que una declaración judicial que conceda un divorcio, en nada puede afectar al vinculo canónico procedente de un matrimonio eclesiástico consumado.

Respecto a Enrique 8vo., puse el ejemplo histórico para destacar como la Iglesia prefirió perder Inglaterra, que incurrir en un Anatema, al declarar nula, una unión legitima. Y destaco que no hablamos de un mortal mas, era un Rey; además era teólogo y amigo del papa en turno. Hasta escribió un tratado sobre los siete sacramentos. Y con todo su poder monárquico no pudo persuadir al papa de hacer una excepción canónica.

Y la razón es muy simple, ningún papa esta por encima de Dios. Jesucristo mismo ha decretado que el hombre no debe separa lo que El ha unido.

Los tribunales eclesiásticos cuentan con jueces. Estos jueces son abogados canonistas, que además de ser Sacerdotes y teólogos, han estudiado derecho. Ninguna legislación humana esta por encima de Dios.

21.07.14

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